Es frecuente recibir en el despacho a clientes que nos preguntan cómo aplica el Derecho de Retracto en Inmuebles.
▶️ Lo primero es explicar que el Retracto es el derecho de una persona a quedarse, por el mismo precio, un inmueble, o una parte del mismo, que se ha vendido a otro.
El Retracto puede ser legal o convencional.
▶️ El Retracto convencional se produce cuando, por ejemplo, el propio vendedor se reserva el derecho de recuperar el inmueble vendido.
▶️ El Retrato legal es el derecho que te concede la propia Ley para adquirir el inmueble con preferencia sobre un tercero comprador.
El Retracto legal aplica, por ejemplo:
👉🏼 Cuando un copropietario de un piso quiere comprar la parte de los demás copropietarios en caso de venta a una extraño.
👉🏼 Cuando se vende una finca rustica menor a una hectárea, los propietarios de las fincas colindantes tienen preferencia para comprarla. Si fueran varios los colindantes interesados, tendrá preferencia el propietario de la finca más pequeña.
👉🏼 Y otra situación parecida es el derecho de adquisición preferente que tiene el arrendatario en caso de que el piso alquilado fuese vendido a un tercero.
🚨🚨 Es importante señalar que la presentación de la demanda de retracto sobre el piso vendido a un tercero se tiene que realizar en el plazo de 9 días desde que se produzca la inscripción en el Registro o desde que se tenga conocimiento de la venta.
En la práctica, es conveniente darse de alta en el sistema de alarmas del Registro para que os avisen de las respectivas ventas.
⚠️⚠️ Teniendo en cuenta los diferentes supuestos, es importante siempre contar con un buen asesoramiento especializado.
#dlm #dlmabogados #inmuebles #vivienda #realestate #abogados #ley #law #derecho
7 май 2024