Hola, tengo una duda, cuál es el valor o la validez probatoria de una persona que ha sido citada a testificar y lo hace en estado de embriagues (pero no es susceptible de interdicción, sino que es algo meramente circunstancial)? Sus palabras son aceptadas como válidas? Qué debe hacer la autoridad al respecto? y si se aceptare dicha declaración, a qué se expondría la autoridad que la recepto o que conociendo dicho estado de la persona, no hizo nada al respecto? Saludos.
Una persona no puede declarar en estado de ebriedad, el juez al observar dicho comportamiento es nulo. Tendría que volverse a citar a la persona en buen estado, y éste estaría faltando a la autoridad por lo que puede ser sancionada