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la verdad es que por verguensa si te han alquilado una casa y no es tuya deberias irte pero creo que si hay una ley o habia, hacen leyes para robar la propiedad privada a las personas.
Creo eso solo pasa cuando el arrendador muere, y ningún familiar cercano se acerca a reconocer como propio el bien inmueble, entonces pasado cierta cantidad de años y constatando el arrendatario que ha vivido ahí puede apropiarse el inmueble, aún no llevo civil :'v
un terreno de mi abuelo en hcyo ha sido vendido por mi tio, unico sin consentimiento ni autorizacion de mi padre, el terreno puede recuperar su parte o anular la venta ya realizada hace 5 años, pero mi tio ya fallecio-
si se anula, por que no existe la voluntad del titular, por lo tanto ese acto juridico de compra y venta es nulo. y tiene efecto retroactivo, pero debes tramitar en el poder judicial, mediante lo medios probatorios como el titulo de propiedad o posesion. saludos
propiedad es la cosa material o abstracta tutelado por la ley. el derecho a la propiedad es parte de tu desarrollo como persona en un estado si es que logras obtenerlo legalmente o haberlo crea do.
tuve una propiedad y el alcalde de ese entonces de un plumazo me lo quito quien Del castillo donde en la Urbanizacion Ascarrunz estando con titulo con pagos de agua y luz no le importo
el unico numero de identificacion de un ser humano es el NUMERO DE CERTIFICADO DE NACIDO VIVO,, al momento de llevarnos al tal registro civil de nacimientos los estados (paises) crean una corporacion ficticia con nuestro nombre y sin consentimiento en MAYUSCULAS; y nos hacen creer que somos esta corporacion ficticia,, por eso nada de lo que compremos usando el DNI es nuestro, es de la triple corona encabezada por el vaticano,, y nos juzgan con las leyes del almirantazgo o maritimas ... INVESTIGUEN MAS HACERCA DE LA SOBERANIA
Se garantizan la propiedad privada y los demás derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles, los cuales no pueden ser desconocidos ni vulnerados por leyes posteriores. Cuando de la aplicación de una ley expedida por motivos de utilidad pública o interés social, resultaren en conflicto los derechos de los particulares con la necesidad por ella reconocida, el interés privado deberá ceder al interés público o social. si es de interés social o de utilidad publica si