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FALSO MITO: legalizar una vivienda en suelo rústico por antigüedad 

Marín & Mateo Abogados
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0:00 Falso Mito: legalizar una vivienda en suelo rústico por antigüedad
2:35 Diferencia entre 'Declaración en el registro de la propiedad' y 'Legalización urbanística'
7:50 ¿Qué se necesita para inscribir una vivienda en parcela rústica?
10:33 ¿Se puede legalizar una vivienda que no cumpla la normativa urbanística?
15:45 ¿Por qué es conveniente legalizar la obra?
FALSO MITO: legalizar una vivienda en suelo rústico por antigüedad
La gente confunde y se alimenta una creencia errónea o falso mito, en parte por que algunos abogados y notarios no informan correctamente, entre tener escrituras de una casa en suelo rústico con legalizar la vivienda por antigüedad. En muchas ocasiones cree poder legalizar por el simple paso del tiempo, por el pago de la multa o sanción por infracción urbanística.
Lo que realmente hacen es declararla en el ámbito del Registro de la Propiedad, inscribirla.
Inscribir la casa, es decir, tener escrituras es aconsejable, pero insuficiente. No regulariza la situación urbanística en caso de que no se cumplan:
- las Leyes de Ordenación del Territorio,
- el Plan General de Ordenación Urbana del municipio,
- y demás leyes de importancia en el suelo rústico, tales como de montes, actividad agrícola y ganadera, de cuencas hidrográficas, espacio marítimo terrestre, de infraestructuras, etc.
Hay casas con escrituras que son y seguirán siendo ilegales y otras sin escrituras que son legales.
Diferencia entre declaración en el Registro de la Propiedad por antigüedad y Legalizar la vivienda, conforme la las normas urbanísticas.
El sistema que tenemos de los Registros de la Propiedad nos procura una seguridad jurídica respecto a:
- quién es el dueño de una propiedad,
- sobre su ubicación y características como superficie, alturas, distribución, etc.
- estado de cargas civiles o hipotecarias, embargos.
Sin embargo, no nos da ni quita derechos, uno es dueño de una propiedad con independencia de si lo inscribe o no en el Registro de la Propiedad, lo cual mayoritariamente hacemos todos, y es muy aconsejable para proteger nuestros derechos.
Pero no es obligatorio, ni constitutivo de derechos, salvo excepciones, como la hipoteca.
Qué necesitamos para inscribir (que no legalizar) una vivienda por antigüedad en una parcela rústica:
La antigüedad de la vivienda necesaria para su declaración depende de la zona, pero en general tiene que ver con la situación de alegalidad, es decir, construcciones anteriores al planeamiento urbanístico del municipio, y en general anterior a las Leyes Estatales y Autonómicas que regulan en suelo rústico.
- Certificado Técnico
- Certificado del Ayuntamiento (Administración local)
- Certificado de infracción urbanística.
- Certificación Descriptiva y Gráfica del Catastro (emitido por el Catastro)
𝗡𝗼𝘃𝗲𝗱𝗮𝗱 𝗲𝗻 𝗹𝗮 𝗖𝗼𝗺𝘂𝗻𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗩𝗮𝗹𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮𝗻𝗮: 𝗹𝗮 𝘃𝗲𝗿𝗱𝗮𝗱𝗲𝗿𝗮 𝗹𝗲𝗴𝗮𝗹𝗶𝘇𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻:
Cambio en la Comunidad Valenciana, en la Ley de Ordenación de Territorio, Urbanismo y Paisaje (LOTUP), por que el se regula el Procedimiento de Minimización del Impacto Territorial o Ambiental.
En resumen, abre la posibilidad de verdaderamente legalizar un gran número de viviendas ubicadas en suelo rústico común, en parcelas inferiores a una hectárea que haya sido construidas con anterioridad a 20 de agosto de 2014.
¿Por qué es conveniente legalizar la vivienda?
Esencialmente para:
- evitar sanciones.
- cumplir con el medio ambiente.
- pero sobre todo para revalorizar nuestra propiedad.
Más información: www.marinymateoabogados.es/le...
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12 июл 2024

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