Todo muy bien ,solo una observación, por qué las secretarias quedan inicio a las audiencias algunos casos ya agarraron el modito de hablar como las que vocean en un centro comercial en vez de hacerlo pausado y claro
DEFINITIVAMENTE... DEBE DARSE VISTA AL CONSEJO DE LA JUDICATURA POR EL EXCESO DE ÉSTE JUEZ... TOTALMENTE PARCIAL Y DESCONOCEDOR DEL ESPÍRITU DEL SISTEMA
Muchas gracias por el video, Soluciones Jurídicas. Sólo vine a asegurarme que estoy en lo correcto para solicitar orden de aprehensión para los imputados que no quieren asistir a Audiencia de Formulación de Imputación y creén que se están burlando de mí y que es como en lo Civil, que pasa el tiempo y si no te notificas no pasa nada. Ya veremos.
Te entiendo, incluso en esta carpeta administrativa tuvimos que irnos al amparo, porque el Juez de Control no tomaba todas las medidas legales a su alcance para presentar a la imputada a audiencia inicial. Se citó a la imputada en 8 ocasiones.
Amigos y, tendrán la parte en dónde citan ya, a la persona imputada. Amigos como le puedo hacer para saber si una persona cuenta con, orden de aprehensión. Es originario de la ciudad de México y, se esconde en torreón. Tengo el nombre y, domicilio.
@@armandorodriguez8795 Para saber si una persona tiene orden de aprehensión en su contra debes ir a la Fiscalía específica. Hablar exactamente con el Agente del MP que lleva la carpeta de investigación del delito por el que está denunciado PERO no tendrás acceso a esa información a menos que seas la víctima. Es que no das más datos. Saludos
Me refiero que tenga alguna orden de aprehensión en, alguna otra procuraduría del país, o, en la ciudad de México O, estado de México como que datos necesitas
@@armandorodriguez8795 Creo entender que tú SOSPECHAS que una persona que se esconde en Torreón cometió un delito. Entonces acude a la Fiscalía General de la República y presenta tu denuncia anónima. Ellos ya buscarán en la base de datos. Actualmente hay 170 mil órdenes de aprehensión sin cumplimentar en todo el país, por diversos motivos.
Buen video, muy didactico, solamente decirle al juez aunque sea en nuestra mente como sea pero hazlo comparecer, te doy los hechos dime el derecho, saludos.
Me parece que el juez se equivoca, por que el Art 141 fracción II del CNPP es muy claro al señalar que en la orden de aprehensión el ministerio público debe de advertir la necesidad de cautela. Entonces si el juez dice que no hay necesidad de cautela, por que libra orden de aprehensión?
son mis nervios o no fundo ni motivo el juez la orden nada dice del delito hechos, solo que es para conducción y no por necesidad de cautela.o no era necesario? tampoco el mp motivo y argumento sobre el delito la probable participación los datos de prueba.