Que nivel!!! Y aún así hay personas inocentes en las prisiones esperando una sentencia y cuando salen en libertad al probar su inocencia, solamente un "Usted disculpe"
Todos mis respetos a este juez, porque es un gran servidor público, que está para hacer justicia, ojalá de cátedra en los estados y principalmente a los jueces de materia penal de todos los TSJ, para que se dejen de ser servilistas y apliquen una justicia sin violación a derechos humanos, saludos
EXCELENTE DISERTACIÓN DE UN MAGISTRADO PROBO Y CON TODA LA EXPERIENCIA necesarias para ejercer un cargo de tan alta importancia, tener en sus manos la libertad de una persona debe ser motivo de intenso estudio y ponderación real en toda su dimensión, felicitaciones estimado Maestro, saludos desde Quito Ecuador.
Ojalá suban más vídeos de este jurista. Interpreta la ley de la manera más clara para los oyentes y entendible y aplica en la práctica sus conocimientos y su gran entendimiento de la norma jurídica Mis respetos plenos🙏
Es una genialidad de argumentación y eficacia jurídica de la autonomía del poder judicial...con base en el control regularidad convencional, (corresponde de recordar, que no deben imponerse disposiciones de derecho interno, incluyendo las constitucionales para no dar oportunidad a la aplicación de un tratado).
Es admirable la forma de entender, razonar y sobre todo aplicar el Derecho de este Maestro, pero sobre todo la valentía para hacerlo, entiende perfectamente la independencia judicial que debe demostrar todo Juez, mis respetos
Perfecto. Mi respeto y admiración por el Sr. Juez. Bajo está argumentación deberían conducirse todos los impartidores de justicia. Excelente video y mejor su contenido. Saludos Sr. Carbonell.
Me parece que es el Juez Eduardo Alberto Osorio, estuvo invitado por la Universidad Panamericana en una ponencia y habló de lo mismo, La PPO. Una ponencia de excelencia, mis respetos por el Juez Eduardo Alberto Osorio 👏👏👏💪👍👍
Que agradable y mucha esperanza ver jueces de esta talla que nos dan la posibilidad de poder alcanzar en algún momento un verdadero sistema impartidor de justicia, tan cual lo hace este gran ser humano y excelente juez, me pongo de pie y reconozco a su señoria. Que sirva de ejemplo a todos aquellos seudo impartidores de justicia y sobre todo a los delincuentazos del estado del sexto circuito osea a los del estado de Puebla que en sus diferentes gerarquias todos fungen cómo expertos en el acto de coatcionar las leyes y omitir la impartición de justicia. En Puebla a los delincuentes no los meten a la cárcel, les dan un puesto o cargo en el poder judicial y entre más peligrociad muestren más mayor cargo le otorgan
YA NO MAS INJUSTICIAS ENCONTRA DE PERSONAS INOCENTES QUE ESTAN EN PRISION PREVENTIVA , SUFRIENDO ABUSOS ,MALTRATOS,GOLPES,VIOLACIONES,EXTORSIONES DENTRO DE LAS PRISIONES EN MEXICO, MUCHOS DE ELLOS SE HAN SUICIDADO POR NO SOPORTAR LOS ACOSOS DE LOS PRESOS PELIGROSOS
Más que audiencia fue una clase intensiva para las partes hasta el imputado dijo tengo esperanza de estudiar derecho por qué el juez me inspiró, hablo tan bonito de lo que es el derecho a lo que realmente es
Esperemos que con esta sentencia sean modificadas las pirámides de poder de la fiscalía y de los juzgados locales y de que realmente les den la autonomía a los operadores del derecho, pues se confunde la facultad de supervisora en el sistema y como lo analiza el juez, aún el sistema interno del organismo operador es inquisitivo, en la práctica.
... en fin somos cortos de memoria, pasa que en Colima hace unos cuantos años (16/06/2020) acribillaron a un Juez Federal y a su Señora Esposa, pero qué se puede pedir, México no es la "Cortelandia"; en México te preparan una buena AVENA Q en tan solo 3 Minutos, pero también te preparan en taquitos en tan solo 3 Minutos. La Cortelandia y sus criterios, no están ARMONIZADOS con la realidad mexicana. Muy buen trabajo de interpretación señor Juez, pero no todo gobernado tiene escolta y menos aún vive en Cortelandia, obvio la PPO está prácticamente desaparecida por presiones internacionales y convencionalidad, es justo; pero cuando un respetable fontanero lleva el flexómetro y su soplete, va a trabajar, ¿logra interpretar esto?, claro dirá Usted "¡¡¡eso es subjetivo¡¡¡. Bien lo dice Aharón Barak, lo explícito es fácil, lo implícito requiere más allá de una simple interpretación y, ahí es cuando esa interpretación sale de la comodidad de su sala o tribunal y debe ir a escuchar los gritos de protección del inocente que apunta la CPEUM, -la comunidad, pues-; aquí no es Cortelandia, hace falta mucho más que un simple criterio interamericano para adecuar nuestra realidad a estos "derechos humanos", ese es el trabajo de JUSTICIA que implica la tercera letra inicial de la SC_N, la cual debemos encontrar no para satisfacer a la academia, sino proteger al que anda a pelo, es decir, al inocente... (Que conste, desmarco el sembrado de armas, droga y otros demonios de las "instituciones" de timbuctú). Tengan buenos días y mejores interpretaciones.
Está sentencia de la CIDH está haciendo que muchos JUECES ya sean más analíticos antes de dar PPO , ahora falta que hagan REVISIÓN de muchos casos donde a los DETENIDOS les fueron violados sus DH, ya que muchos JUECES no ven que estos antecedentes ya estaban y no los APLICAN, DR. CARBONELL UD también ha sido un gran PRESEDENTE en solución de LEYES en México mis respetos y admiración👏👏👏👏
TODOS los jueces deberían apegarse al fallo de la corte interamericana. Que castiguen al gobierno que aunque se diga “humanista” es violador de derechos humanos!
No es humanista ni feminista como dice, solo usa esas caracteristicas como bandera, para usar todo el poder del estado en contra de quien no piense como ellos, para encarcelarlos y que no salgan, po eso no le conviene cambiar nada
Tengo una audiencia dónde un juez niega el cambio de medida cautelar ah un matrimonio que los acusan de posesión con fines de venta y su argumentación es de que si los deja libres a ellos, también debería de dejar libres a feminicidas y homicidas 😳
Castigar al gobierno? No inventes el problema no radica en eso. El problema es práctico, en relación a la facilidad en que las personas x delitos de alto impacto salen con facilidad. Es decir, es jurídico no es tema partidista, y esos traumas.
Si de acuerdo hasta cierto límite. Porque también no van a imponer otra médida cautelar diversa a la prisión preventiva cuando en realidad procede. No van a dejar a la gente que si es responsable bien campantes llevando su proceso por fuera tampoco es justo para las demás partes.
No lo está entendiendo, es correcto lo que dice el juez, cuántas personas tienen que estar encerrados, aislados, indefensos por acusaciones falsas, cuanto tienen que esperar para su presentación de pruebas y luego esperar sentencia y salir inocentes, mientras tanto pierden su trabajo, su vida, su tiempo, para un simple "usted disculpe"
Digale a la ministra presidenta de la suprema corte de justicia de la nacion amiga mia que me interesa mucho hacer mi carrera judicial como juez de distrito cuando la puedo pasar a saludar y a felicitarla y quiero continuar con mi carreera judicial
En honduras se tiene esta figurara de PPO en ciertos delitos Crimen organizado , narco tráfico ,lo cual como abogado no estoy de acuerdo por dignidad al ser humano espero que fiscales y jueces empiecen aplicar estas Sentecias de la Corte por ser vinculantes y revisar medidas cautelares que pueden imponer hasta por 2 años y 6 meses ya basta de irrespeto al estado de inocencia Y principio de legalidad mil condenas tiene el país por estos inquisidores
El juez Eduardo debería estar en un juzgado de distrito, o en su defecto en un tribunal colegiado en materia penal, sus conocimientos están en otro nivel
No están de vacaciones en los CFRS, hacen conductas y ahora se presume, la Constitución prevalece sobre cualquier tratado. Punto, luego se evaden y ahí si mp corretealo....
Una crítica a esta sentencia de la corte interamericana es que en la legislacion mexicana existen 3 supuestos para imponer prisión preventiva justificada, art 153 c.n.n.p, a) asegurar la presencia del imputado, b) garantizar la seguridad de la víctima y testigos y c) evitar la obstaculizacion, pero en la sentencia en comento solo hace mención de dos presupuestos para imponer la prisión preventiva justificada los cuales son: 1. Comparecencia al proceso (sustracción), 2. Obstaculizacion la investigación (presión a los testigos) en lo que respecta a la sentencia de la corte deja a la víctima sin la facultad de poder oponerse en contra del cambio de medida cautelar en razón a qué se le cuarta dicho derecho al no estar en los supuestos contemplados en la sentencia, dado que en el código nacional de procedimientos penales si se le puede tomar en cuenta a qué para ella represente un peligro el cambio de medida cautelar
La existencia de la ley, no garantisa una correcta aplicacion, las personas son detenidas sin saber que tienen denuncias, personas que son victimas del poder de la ley, por que la mayoria son inocentes quedan totalmente INDEFENSOS.😢
Es que esa aplicación de la corte interamericana no sé puede aplicar a todos los países. Cada país tiene sus delitos, casa país tiene su autonomía, cada delito se lleva A cabo de manera diferente en casa territorio es diferente. México está bien en su normatividad.
No soy fiscal, pero únicamente te comento señor "juez o magistrado",. Es bueno conocer quiénes conocemos de leyes y su aplicación,. No creer lo que comunicas y simplemente té identifica como corresponde. Un tipo que sirve al dinero, poder,, predendas y realizar lo que les mandan. ? Creo desde España, Estados Unidos, Europa y Asia. Qué lástima, no entiendan, tenemos poco tiempo. Uffff.
Que cosas aberrantes dices juez.... la prisión solo debe de ser (y ya ni debiera existir esa medida de castigo, debieran ser otras formas mas humanas e idóneas) al demostrar y determinar la NO inocencia...esto científicamente demostrado. Así de simple.
Desde hace meses y apenas vas carburando... fenanda ... asi es, mejor cállate el hocico traumas ... se me hace que ni idea tienes ... pero bueno shhhlocico campeona