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La Corte Suprema de Justicia y la prueba de referencia 

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Se ha entendido como prueba de referencia aquella que se practica de manera excepcional en juicio oral a falta de prueba directa del hecho. En este sentido, en el derecho penal, un testigo de referencia o de oídas, es aquel que conoce de un hecho delictivo a través del dicho de un testigo directo, pero que, a falta de este último, rinde su testimonio en el juicio oral tomando como referencia lo a él comentado.
Sin embargo, recientemente la Corte Suprema de Justicia indicó que la prueba de referencia debe entenderse como aquella que ha sido practicada por fuera del juicio oral, por lo que no ha sido sometida a un proceso contradictorio entre las partes de un litigio.
Bajo este panorama nos preguntamos: ¿Cuál es la diferencia entre un testigo directo y un testigo de referencia?
Si desea profundizar en la temática, no se pierda la columna escrita en nuestra página web: dialogospunitivos.com/corte-s...
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29 сен 2022

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