Análisis a detalle de una de las pruebas mas importante en los juicios laborales, considerada como la prueba reyna, que dicho sea de paso con la reforma laboral va a cambiar sustancialmente.
Excelente información y ponencia, muchas gracias por compartir tan valiosa experiencia que a nosotros los que iniciamos en el ámbito nos ayuda muchísimo, Muchas gracias licenciado.
Buenos días estimado licenciado Sergio Castillo, como siempre es un gusto enorme aprender de sus conocimientos del derecho laboral. Excelente día para todos
excelente video licenciado, hasta el día de hoy, ¿si se esta aplicando lo que menciono en la parte final de su video?, ¿Dónde el juez toma la batuta para realizar sus propias preguntas en la confesional?
muchas gracias licenciado por responder, tendré una confesional que están cargando promovido por los demandados, gracias por el conocimiento, así el juez no me va agarrar por sorpresa.
15:06 Difiero, en el nuevo procedimiento no hay posiciones, única y exclusivamente interrogatorio libre que va dirigiendo el juez laboral. Lo sé porque ya llevo prácticamente 2 años, litigando en el nuevo procedimiento en EdoMex, tanto local como federal.
Buen día Lic. Castillo ,tengo una demanda en el Tribunal Federal de Conciliación y arbitraje presentada en fecha de mayo de 2021, dicha demanda se va a llevar con el procedimiento actual o pasa al nuevo sistema laboral? y si es así, en que me beneficia o perjudica a mi asunto? van hacer mas rápidos los procedimientos?, gracias...
Hola norma. Si es el tribunal Federal de conciliación como tú lo mencionas es el procedimiento nuevo y definitivamente te beneficia para empezar porque la conciliación es obligatoria
Buenas tardes, Norma tu procedimiento esta radicaba en la ciudad de Mexico es un procedimiento Burocratico, en este tipo de procedimiento siguen de igual forma el procedimiento. Los conflictos laborales ante las empresas o personas fisicas a partir del mes de Octubre si radicas en el Estado de Nuevo Leon, primero se tiene que agotar el procedimiento prejudicial ante el Centro de Conciliacion Local o Federal, si no hay niguna conciliacion te entregaran una constancia de No Conciliacion para presentar tu demanda ante el Tribunal, lo que entendi de tu pregunta es un procedimiento burocratico.
Licenciado que pasa cuando en la prueba confesional alguna de las partes mencionen hechos inexistentes. Osea declaren mentiras en su declaración ante la junta laboral... Se puede demandar por Falso testimonio y por presentación de documentación falsa o Alterada. Se pudiera demandar a las personas involucradas ?
En los casos en que la persona en la que va a correr la confesional ya no trabaja para la empresa que sucede? Hablo del Nuevo procedimiento laboral. Gracias
Lic. Buen día ¿que pasa si estando ambas partes el auxiliar califica de ilegal las posiciones y no se realiza ninguna pregunta, cerrando la audiencia? Saludos excelente manera de ilustrarnos
Excelente ponencia Lic. Castillo, tengo una pregunta con respecto al cambio de la naturaleza de la prueba confesional para hechos propios a testimonial, y es ¿en qué momento procesal se puede realizar, es decir en pleno acto de la audiencia o por escrito antes de que se lleve a efecto el desahogo de la prueba? Me gustaría ampliara esta cuestión en un video para aprender más sobre este planteamiento en el desahogo de esta prueba. Saludos
Pregunta lic , si en mi caso todos los echos son no controvertidos y la demandada esta en reveldia por no contestar demanda en tiempo y forma vale la pena tener confesional o mejor desistirla , y en que me afecta si la desisto